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Término del contrato de trabajo: lo esencial para una gestión correcta en edificios y condominios

En la administración de edificios y condominios, una correcta gestión laboral no solo impacta la operación diaria, sino también la estabilidad del equipo y la exposición a conflictos legales.

Uno de los puntos más sensibles es el término del contrato de trabajo. Ejecutarlo correctamente no es opcional: es una obligación legal que exige precisión tanto en la causal como en la forma.

A continuación, revisamos lo esencial para abordarlo de manera ordenada y conforme a la normativa vigente.


La base: siempre debe existir una causal legal

Para poner término a una relación laboral, el empleador debe invocar obligatoriamente una causal legal establecida en el Código del Trabajo.

Estas se agrupan principalmente en cuatro categorías:

  • Artículo 159
  • Artículo 160
  • Artículo 161
  • Artículo 163 bis

Cada una responde a situaciones distintas y tiene implicancias concretas en la gestión y en los costos asociados.


Causales del artículo 159: términos sin mayor conflicto

Estas causales suelen ser las más simples de gestionar, ya que responden a situaciones claras o previamente conocidas:

  • Mutuo acuerdo de las partes
  • Renuncia del trabajador (con aviso previo)
  • Muerte del trabajador
  • Vencimiento del plazo del contrato
  • Conclusión del trabajo o servicio
  • Caso fortuito o fuerza mayor

En la práctica, en la administración de condominios, estas causales tienden a ser menos conflictivas, ya que no dependen de una decisión unilateral controvertida.


Causales del artículo 160: foco principal de conflictos

Aquí se concentran los escenarios más complejos. Se trata de causales asociadas a incumplimientos graves del trabajador, entre ellas:

  • Falta de probidad
  • Acoso sexual o laboral
  • Inasistencias injustificadas
  • Abandono del trabajo
  • Conductas que afecten la seguridad
  • Incumplimiento grave del contrato

Este tipo de término tiene dos características clave:

  • Es generalmente unilateral por parte del empleador
  • No genera indemnización

Por lo mismo, exige un estándar alto de gestión:
el empleador debe acreditar de forma clara y concreta los hechos que justifican la causal invocada.

En edificios y comunidades, donde los equipos son visibles y operativos (conserjería, mantenimiento, etc.), una mala aplicación de estas causales puede escalar rápidamente en conflictos internos.


Causales del artículo 161: necesidades de la empresa

Estas causales responden a decisiones organizacionales, como:

  • Necesidades de la empresa (reorganización, cambios operativos, condiciones de mercado)
  • Desahucio del empleador

A diferencia del artículo 160, aquí sí corresponde el pago de indemnizaciones, lo que implica un costo directo para la operación.

Además, el empleador también debe justificar adecuadamente la decisión, especialmente en estructuras organizadas como comunidades o edificios corporativos.


Formalidades: un punto crítico en la gestión

Más allá de la causal, hay un elemento que suele marcar la diferencia entre un proceso correcto y un conflicto: la forma.

La ley establece exigencias claras:

  • La comunicación debe hacerse por escrito (personalmente o por carta certificada)
  • En ciertos casos, se requiere aviso previo de 30 días o pago sustitutivo
  • Debe informarse a la Dirección del Trabajo cuando corresponda

En este contexto, la carta de término de contrato cumple un rol fundamental.
No es un trámite administrativo: es el documento que respalda toda la decisión.


Otros escenarios a considerar

Existen además situaciones específicas, como:

  • Procedimientos concursales del empleador (artículo 163 bis)
  • Autodespido o despido indirecto (artículo 171), donde es el trabajador quien pone término al contrato

Estos casos requieren un análisis particular y deben abordarse con especial cuidado.


Una gestión laboral ordenada evita problemas mayores

En la práctica, una correcta administración de edificios no solo se mide por la operación o los gastos comunes, sino también por cómo se gestionan las relaciones laborales.

Un término de contrato bien ejecutado implica:

  • Definir correctamente la causal
  • Cumplir las formalidades legales
  • Documentar adecuadamente el proceso
  • Actuar con criterio y respaldo

Esto reduce riesgos, evita conflictos innecesarios y aporta estabilidad a la comunidad.


En resumen

Para poner término a un contrato de trabajo, el empleador debe:

  • Invocar una causal legal válida
  • Cumplir con las formalidades del artículo 162
  • Entregar el finiquito dentro de plazo

En entornos como edificios y condominios, donde la operación depende directamente de las personas, este proceso debe gestionarse con especial rigurosidad.


Administración de edificios y condominios: https://sade.cl/
Corretaje de propiedades: https://sade.cl/propiedades
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Auditoría de condominios: https://condominio.cl/auditorias


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