La reducción de la jornada laboral es una modificación relevante para la operación de edificios y condominios. Su correcta implementación requiere ajustes concretos en contratos, turnos y planificación operativa.
Desde la experiencia de SADE, con 38 años en la administración de edificios y condominios en Santiago, este proceso debe abordarse con orden, claridad y una adecuada gestión contractual.
El nuevo límite legal: 42 horas semanales
La Ley N° 21.561, publicada el 26 de abril de 2023, estableció una reducción gradual de la jornada laboral semanal.
El calendario es el siguiente:
- Desde el 26 de abril de 2024: reducción de 45 a 44 horas semanales
- Desde el 26 de abril de 2026: reducción de 44 a 42 horas semanales
- Desde el 26 de abril de 2028: reducción de 42 a 40 horas semanales
Esto significa que, a partir de abril de 2026, el nuevo máximo legal será de 42 horas semanales, aplicable a los trabajadores regidos por el Código del Trabajo.
El principal desafío: ajustar turnos en servicios operativos 24/7
En las comunidades y edificios corporativos, existen funciones que requieren continuidad operativa permanente.
Entre ellas:
- Conserjería
- Recepción
- Control de acceso
- Casetas de seguridad
- Sectores con control de ingreso de personas o vehículos
Estas funciones requieren cobertura 24 horas al día, 7 días a la semana, por lo que la reducción de la jornada obliga a ajustar cuidadosamente las pautas de turnos, ya sean fijos o rotativos.
Por ejemplo, un esquema puede contemplar:
- Turno de mañana: 07:00 a 14:30 horas
- Turno de tarde: 14:30 a 22:00 horas
- Turno de noche: 22:00 a 07:00 horas
Siempre considerando que el tiempo destinado a colación, por regla general, no se considera dentro de la jornada efectiva.
La correcta estructuración de estos turnos es esencial para cumplir la ley sin afectar la continuidad operativa del edificio.
Control de horas extraordinarias: un punto crítico
El artículo 30 del Código del Trabajo establece que son horas extraordinarias aquellas que exceden el máximo legal o el límite pactado contractualmente.
Por lo tanto, desde abril de 2026:
- Toda hora que exceda las 42 horas semanales deberá pagarse como hora extraordinaria
- Desde abril de 2028, el límite será de 40 horas semanales
Una planificación incorrecta puede generar costos adicionales y contingencias laborales.
Actualización de contratos: obligación formal
La reducción de la jornada laboral debe reflejarse formalmente en la documentación laboral.
Esto implica:
- La escrituración de un anexo de contrato de trabajo
- La firma del documento por parte del trabajador
- La actualización formal de la nueva jornada laboral
Este paso es esencial para mantener la coherencia entre la operación real y la documentación contractual.
Cómo debe aplicarse la reducción de jornada
La lógica de la ley ha sido clara: la reducción debe aplicarse como una disminución efectiva de la jornada diaria.
Esto puede implicar:
- Retrasar el ingreso del trabajador, o
- Adelantar su salida
No corresponde, por regla general:
- Fraccionar la reducción en minutos diarios
- Extender el tiempo destinado a colación para compensar la rebaja
Esta interpretación fue abordada por la Dirección del Trabajo mediante dictamen N°235/08 del 18 de abril de 2024.
Sin perjuicio de lo anterior, las partes pueden acordar otras fórmulas mediante diálogo, incluyendo la reducción anticipada a 40 horas semanales.
Aplicación en comunidades y edificios
La reducción de la jornada laboral aplica a los trabajadores de comunidades y edificios, incluyendo conserjes, guardias y personal operativo, salvo excepciones específicas contempladas en el artículo 22 del Código del Trabajo, que en la práctica son poco frecuentes.
En edificios ubicados en comunas como Las Condes, Vitacura, Lo Barnechea, Ciudad Empresarial y Providencia, donde la operación es continua, esta transición requiere una gestión planificada y formal.
Una correcta administración de condominios considera no solo el cumplimiento normativo, sino también la correcta estructuración de turnos, contratos y control de jornada.
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